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ToggleLa excepción balear: por qué existe un marco de ayudas específico
En SolarTradex, con oficina en Palma, sabemos que las Illes Balears operan bajo condiciones energéticas distintas al resto del Estado. La insularidad no es una etiqueta administrativa: es una realidad física que se traduce en cables submarinos con capacidad limitada, ciclos combinados de gas cubriendo la punta de demanda en verano, precios mayoristas históricamente por encima de la media peninsular, y una vulnerabilidad estructural ante cualquier tensión geopolítica que afecte al suministro de combustibles fósiles importados.
Esta condición justifica la existencia de un ecosistema de ayudas específicamente diseñado para acelerar la transición energética del archipiélago. En 2026-2027 conviven varios instrumentos con orígenes y destinatarios distintos: la Convocatoria Factor de Insularidad 2026-2027, financiada con fondos autonómicos propios, la línea FOTOPAR para autoconsumo residencial (actualmente con fondos agotados), el marco PITEIB ligado a Next Generation EU, y las ayudas del Impuesto del Turismo Sostenible para el sector alojativo. Entender qué instrumento aplica a cada perfil y en qué estado se encuentra cada convocatoria es la primera condición para no perder tiempo ni oportunidades.
El apagón peninsular de 2025 y por qué Baleares no se apagó
Para entender por qué el marco actual prioriza tan agresivamente el almacenamiento energético, conviene recordar lo que ocurrió el lunes 28 de abril de 2025 a las 12:33 horas. En un intervalo de apenas cinco segundos, el sistema eléctrico peninsular perdió 15.000 MW de potencia —el 60% de la producción nacional— por una cadena de sobretensiones y oscilaciones de frecuencia que Red Eléctrica no pudo contener. El resultado fue un apagón sistémico que dejó sin suministro a 50 millones de personas en España, Portugal y Andorra.
Las Illes Balears, sin embargo, no se apagaron. En el segundo exacto del colapso, el interconector península-Mallorca (el enlace Comanxe) se desconectó automáticamente por protocolo de seguridad. Baleares —cuyo mix cubre aproximadamente el 93% de la demanda con generación propia— absorbió la carga con las centrales de Es Murterar (Mallorca), Cas Tresorer y Son Reus (Palma), estabilizando la frecuencia de la red insular. Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera operaron como un sistema cerrado y estable durante toda la crisis peninsular.
Pero apareció una vulnerabilidad crítica seis horas después: a las 18:06h del mismo lunes, con el suministro eléctrico plenamente operativo en el archipiélago, la red de fibra óptica cayó por agotamiento de los SAI/UPS de los nodos peninsulares. La telefonía móvil sufrió fallos intermitentes hasta las 07:00 del martes; los datáfonos y la banca electrónica no se recuperaron hasta el miércoles; el servicio de emergencias 061 quedó inoperativo. El Govern activó el Plan Territorial de Emergencias PLATERBAL a nivel 1.
La lección estratégica que sacaron las administraciones balears fue clara: la soberanía eléctrica no basta si los nodos críticos dependen de sistemas de respaldo con autonomías de horas. Este análisis fue el catalizador directo de la actual apuesta autonómica por el almacenamiento distribuido, materializada en el peso específico que las baterías tienen en la Convocatoria Factor de Insularidad 2026-2027.
Factor de Insularidad, FOTOPAR y PITEIB: qué es cada cosa y por qué se confunden
Uno de los puntos que más confusión genera en Baleares es la coexistencia de varios instrumentos de ayuda que a veces se citan indistintamente. Conviene delimitarlos claramente porque tienen orígenes, destinatarios y estados distintos:
Convocatoria Factor de Insularidad 2026-2027. Es la convocatoria autonómica actualmente abierta, publicada mediante Resolución en el BOIB núm. 83 de 2 de julio de 2026 y con plazo de presentación desde el 9 de julio de 2026 hasta el 28 de febrero de 2027 (o hasta el agotamiento del presupuesto). Está financiada con fondos autonómicos propios del régimen de compensación por insularidad, no con fondos europeos Next Generation. Cubre cuatro programas distintos que analizamos más abajo.
FOTOPAR. Es una convocatoria autonómica distinta e independiente, cofinanciada por fondos FEDER y regulada al amparo del Real Decreto 477/2021, orientada específicamente al autoconsumo fotovoltaico residencial (personas físicas). En este momento se encuentra con fondos agotados y no admite nuevas solicitudes. Es la línea que tradicionalmente muchos particulares recuerdan por nombre porque ha sido durante años el vehículo natural para las ayudas residenciales de placas solares en Baleares.
PITEIB (Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears). Es un plan estratégico más amplio del Govern balear, canalizado principalmente con fondos Next Generation EU. No es una convocatoria de ayudas en sí mismo, sino un marco que agrupa varias líneas de financiación orientadas a la transición energética. Convive con Factor de Insularidad pero no la incluye ni la sustituye.
Ayudas del Impuesto del Turismo Sostenible (ITS). Financiadas con la recaudación del ITS, están dirigidas específicamente al sector alojativo balear con una dotación de 5.000.000 euros en 2026 (3M€ para eficiencia y 2M€ para innovación). No cubren instalaciones fotovoltaicas ni eólicas, por lo que un hotel que quiera abordar de forma integral su descarbonización debe combinar ITS con Factor de Insularidad, respetando la regla de no doble financiación.
En este artículo nos centramos en la Convocatoria Factor de Insularidad 2026-2027, por ser la línea vigente ahora mismo con mayor alcance y versatilidad.
Los cuatro programas de la Convocatoria Factor de Insularidad
La convocatoria se estructura en cuatro programas independientes:
Programa 1 · Autoconsumo eléctrico (fotovoltaico). Cubre instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo hasta 500 kWp. Este programa NO admite personas físicas sin actividad económica como beneficiarias. Es el punto diferencial más importante para el segmento residencial, y lo desarrollamos en el apartado siguiente.
Programa 2 · Generación térmica renovable. Cubre instalaciones de aerotermia. Excluye expresamente la tecnología aire-aire para todos los sectores (residencial, terciario e industrial). Cubre la generación térmica en €/kWt y también los nuevos sistemas de distribución asociados.
Programa 3 · Almacenamiento eléctrico para autoconsumo. Cubre baterías de acumulación asociadas al autoconsumo, hasta 200 kWh de capacidad. Un detalle relevante confirmado en las FAQs oficiales: en esta convocatoria no aplica ratio máximo kWh/kWp entre la capacidad de la batería y la potencia de generación asociada. Y otro detalle clave para particulares: aunque estén excluidos del Programa 1 (fotovoltaica), sí pueden acceder al Programa 3 (baterías) presentando la solicitud con las partidas correspondientes desglosadas.
Programa 4 · Infraestructura de recarga privada de vehículo eléctrico. Cubre nuevos puntos de recarga privados hasta 15 kW. Los equipos trifásicos habituales de 22 kW pueden ser elegibles si se configuran, limitan e instalan efectivamente a 15 kW o menos, con la limitación reflejada en las protecciones y en la memoria técnica.
Quién puede pedir qué: el reparto por perfil de beneficiario
Este es el punto que más malentendidos genera en las consultas comerciales. La convocatoria distingue claramente entre perfiles, y no todos pueden acceder a todos los programas:
Personas físicas SIN actividad económica (residentes en Illes Balears):
- Programa 1 (fotovoltaica): NO elegibles.
- Programa 2 (aerotermia): sí, ayuda del 70%.
- Programa 3 (baterías): sí, ayuda del 45%.
- Programa 4 (punto de recarga): sí, ayuda del 70% con límite de 2.500 € por instalación.

Un particular que quiera instalar placas solares en su vivienda no puede solicitar la Convocatoria Factor de Insularidad para la parte fotovoltaica. En un primer momento esto puede parecer un obstáculo importante, pero en la práctica no lo es tanto: la deducción estatal del IRPF derivada del RDL 7/2026 permite recuperar una parte muy significativa de la inversión, especialmente cuando se combina fotovoltaica con electrificación térmica (aerotermia), donde el tramo alto del 60% en vivienda unifamiliar hace que el retorno fiscal neto sea prácticamente equivalente al que se obtendría combinando subvención más IRPF residual. Además, si el particular combina FV con batería, la parte de la batería sí puede acogerse al Programa 3 de Factor de Insularidad con las partidas desglosadas en la solicitud, y la parte del punto de recarga al Programa 4 si también se incluye. En la práctica, el particular balear dispone de un abanico de instrumentos que, combinados correctamente, cubren buena parte de la inversión.
Personas físicas CON actividad económica (autónomos): son elegibles en los cuatro programas, con las intensidades correspondientes al régimen que apliquen.
Empresas y entidades (pymes, grandes empresas, comunidades de propietarios, comunidades energéticas, entidades sin ánimo de lucro, administraciones locales): elegibles en los cuatro programas, con intensidad variable según régimen (Minimis o Reglamento General de Exención por Categorías) y tamaño.
Intensidades de ayuda y costes máximos subvencionables
Las intensidades varían según el régimen de ayuda al que se acoja el beneficiario. Toda empresa —incluidas las grandes empresas, según ha confirmado el Govern en las FAQ oficiales— puede optar por acogerse al régimen de minimis, con las intensidades más altas, siempre que no haya agotado el tope acumulado de 300.000 euros en tres ejercicios fiscales.
Intensidades por régimen y tamaño de beneficiario:
| Actuación | Minimis / Particular sin actividad | Pequeña empresa (RGEC) | Mediana empresa (RGEC) | Gran empresa (RGEC) |
|---|---|---|---|---|
| Fotovoltaica (P1) | 70% | 60% | 50% | 40% |
| Aerotermia (P2) | 70% | 60% | 50% | 40% |
| Baterías (P3) | 45% | 40% | 35% | 30% |
| Punto de recarga (P4) | 70% | 40% | 30% | 20% |
Estas intensidades no se aplican sobre el coste real de la instalación, sino sobre el coste subvencionable que fija la convocatoria en función de la tecnología y el tramo. En cada caso, se toma el menor valor entre el coste real y el coste máximo subvencionable, y sobre ese menor se aplica el porcentaje.
Costes máximos subvencionables · Fotovoltaica (Programa 1):
| Tramo de potencia | Coste máx. generación | Complemento marquesina | Complemento retirada amianto | Complemento cambio tensión |
|---|---|---|---|---|
| P ≤ 10 kWp | 1.188 €/kWp | 500 €/kWp | 1.082 €/kWp | 400 €/kWp |
| 10 < P ≤ 100 kWp | 910 €/kWp | 500 €/kWp | 817 €/kWp | 300 €/kWp |
| 100 < P ≤ 500 kWp | 749 €/kWp | 500 €/kWp | 720 €/kWp | 200 €/kWp |
El cálculo del coste unitario máximo de generación se hace por tramos acumulativos desde el escalón inferior. Los complementos (marquesina, retirada de amianto, cambio de tensión) no aplican efecto acumulativo.
Costes máximos subvencionables · Aerotermia (Programa 2):
- Coste unitario máximo térmico: 1.000 €/kWt
- Nuevos sistemas de distribución: 450 €/kWt adicionales
- Límite de ayuda para personas físicas y autónomos: 25.000 €
- Límite de ayuda para resto de beneficiarios: 100.000 €
Costes máximos subvencionables · Baterías (Programa 3):
| Capacidad | Coste máximo subvencionable |
|---|---|
| ≤ 10 kWh | 910 €/kWh |
| 10 < capacidad ≤ 100 kWh | 650 €/kWh |
| 100 < capacidad ≤ 200 kWh | 455 €/kWh |
Costes máximos subvencionables · Punto de recarga (Programa 4):
- No existe coste máximo €/kW.
- Límite de ayuda: 12.000 € por instalación para empresas y entidades.
- Límite de ayuda: 2.500 € por instalación para particulares sin actividad económica.
Compatibilidades con otros instrumentos fiscales
📌 DISCLAIMER FISCAL BALEARES · Actualización pendiente
La articulación específica entre la Convocatoria Factor de Insularidad, el tramo autonómico del IRPF balear y el régimen estatal de deducciones del RDL 7/2026 está pendiente de confirmación por parte de nuestro asesor fiscal. Este apartado describe el marco general de compatibilidades vigente, pero las cuantías concretas y la interacción exacta entre instrumentos para el caso de un residente en Baleares deben verificarse siempre con un profesional. Actualizaremos esta sección tan pronto dispongamos de la confirmación técnica.
La Convocatoria Factor de Insularidad es compatible con varios instrumentos fiscales complementarios, siempre respetando la regla de no doble financiación sobre el mismo coste:
Deducción IRPF (RDL 7/2026). Compatible con Factor de Insularidad. El importe subvencionado se descuenta de la base deducible en el IRPF y además tributa como ganancia patrimonial. La deducción se aplica exclusivamente sobre la parte del gasto efectivamente satisfecha por el contribuyente, neta de la subvención recibida. Los tramos aplicables y la posible interacción con el tramo autonómico balear en el IRPF deben consultarse con un asesor fiscal.
Libertad de amortización del Impuesto sobre Sociedades (RDL 7/2026, art. 37). Compatible con Factor de Insularidad para empresas. La subvención reduce el coste inicial de la inversión, y la libertad de amortización adelanta el retorno fiscal sobre la parte no subvencionada, permitiendo amortizar el 100% del activo en el mismo ejercicio de entrada en funcionamiento.
Certificados de Ahorro Energético (CAE). Compatibles con Factor de Insularidad. Especialmente relevantes para la sustitución de calderas fósiles por aerotermia, donde el RDL 7/2026 refuerza los coeficientes multiplicadores.
Bonificaciones municipales en IBI e ICIO. Compatibles. En Calvià, bonificación del 50% en IBI y 95% en ICIO para instalaciones que integren aprovechamiento renovable (solicitud del IBI entre agosto y octubre del año anterior). En Palma, bonificaciones de hasta el 95% en ICIO para instalaciones no obligatorias por ley. Cada ayuntamiento tiene su propia ordenanza y calendario.
Next Generation (estatales). Requiere verificación en cada convocatoria: es frecuente la incompatibilidad sobre el mismo coste.
Plazos, proceso y reglas operativas
Presentación de solicitudes: desde el 9 de julio de 2026 hasta el 28 de febrero de 2027 o hasta el agotamiento del presupuesto. El presupuesto no meritado en la anualidad 2026 se incorpora automáticamente a la anualidad 2027, respetando el orden de entrada.
Sistema de adjudicación: riguroso orden de entrada, sin concurrencia competitiva. No se puntúan méritos ni se comparan proyectos entre sí. La celeridad en la presentación telemática y la ausencia de errores documentales son determinantes.
Plazos máximos de ejecución (contados desde la notificación de la propuesta de resolución provisional):
| Programa | Plazo máximo de ejecución |
|---|---|
| P1 · Fotovoltaica ≤ 10 kWp | 4 meses |
| P1 · Fotovoltaica 10-50 kWp | 5 meses |
| P1 · Fotovoltaica 50-100 kWp | 6 meses |
| P1 · Fotovoltaica > 100 kWp | 9 meses |
| P2, P3 y P4 (aerotermia, baterías, punto de recarga) | 5 meses |
Para solicitudes conjuntas que incorporen varios programas, cada programa mantiene su propio plazo, contado desde la notificación de la propuesta de resolución provisional.
Regla de tres presupuestos: obligatoria si el gasto subvencionable supera los 40.000 euros (ejecución de obras) o los 15.000 euros (otros contratos). No es obligatorio incluir las tres ofertas en la solicitud inicial, pero deben estar disponibles para inspección posterior.
Limitación por CUPS o emplazamiento: solo es subvencionable una instalación por punto de suministro (CUPS) o por emplazamiento. En autoconsumo colectivo pueden presentarse varias instalaciones si cada una tiene su CUPS de generación neta independiente.
Preguntas frecuentes sobre la tramitación
En SolarTradex gestionamos ayudas en Baleares desde hace años. Estas son las preguntas que nos llegan una y otra vez sobre la Convocatoria Factor de Insularidad 2026-2027:
¿Como particular puedo pedir Factor de Insularidad para instalar placas solares en casa?
No para la parte fotovoltaica, pero esto no significa que te quedes sin ayuda. El Programa 1 excluye a las personas físicas sin actividad económica, pero la deducción estatal del IRPF derivada del RDL 7/2026 cubre precisamente este supuesto y permite recuperar una parte muy significativa de la inversión. Cuando la obra combina fotovoltaica con electrificación térmica (aerotermia) en vivienda unifamiliar, el tramo alto del 60% de IRPF hace que el retorno fiscal neto sea prácticamente equivalente al que obtendrías combinando subvención más IRPF residual. Y sí puedes acceder al Programa 3 de Factor de Insularidad si instalas una batería, y al Programa 4 si instalas un punto de recarga de vehículo eléctrico. En conjunto, la combinación IRPF estatal + Factor (baterías y VE) cubre buena parte de la inversión residencial.
¿Puedo presentar un proyecto conjunto de fotovoltaica + batería siendo particular?
Sí. En el mismo expediente puedes solicitar únicamente el Programa 3 (batería), desglosando en la solicitud las partidas exclusivamente correspondientes a la batería, extraídas del presupuesto conjunto. En la fase de justificación se aportará el número de expediente de registro conjunto de la instalación completa.
¿Puedo empezar la obra antes de tener la resolución concedida?
Los proyectos acogidos al régimen general no pueden iniciarse antes de la fecha oficial de presentación de la solicitud. Los proyectos acogidos al régimen de minimis pueden acogerse a actuaciones iniciadas desde el 1 de enero de 2026. En cualquier caso, conviene consultar antes de facturar nada.
¿Cuánta ayuda recibo si tengo una empresa y me acojo a minimis?
Si eres una empresa que puede optar al régimen de minimis y no has agotado el tope acumulado de 300.000 euros en los últimos tres ejercicios fiscales, accedes a las intensidades más altas: 70% en fotovoltaica, aerotermia y punto de recarga, y 45% en baterías. Estas intensidades se aplican sobre el coste subvencionable (que puede ser inferior al coste real del proyecto), no sobre el importe total facturado.
¿Grandes empresas pueden acogerse al minimis?
Sí. El Govern balear ha confirmado en las FAQ oficiales que cualquier empresa, incluidas las grandes, puede optar expresamente por el régimen de minimis, con las intensidades correspondientes a esa columna.
¿Puedo instalar un cargador de vehículo eléctrico de 22 kW y acogerme a la ayuda?
Sí, pero con condición. La convocatoria limita a 15 kW. Los equipos trifásicos habituales pueden instalarse configurados y limitados a 15 kW o menos mediante las protecciones eléctricas correspondientes, con la limitación reflejada en el certificado de instalación y en la documentación de legalización. La memoria técnica y la declaración responsable del instalador deben acreditar esta limitación.
¿Existe un ratio máximo entre la capacidad de batería y la potencia de la instalación fotovoltaica?
No. En esta convocatoria no aplica ningún ratio máximo kWh/kWp. Se puede dimensionar la batería con criterio técnico y comercial, respetando únicamente el límite de 200 kWh de capacidad total subvencionable.
¿Qué pasa si se agotan los fondos de 2026 antes de resolver mi expediente?
El presupuesto no meritado en la anualidad 2026 se incorpora automáticamente a la anualidad 2027, respetando el orden de entrada. Es decir, un expediente presentado en 2026 que no llegue a resolverse por agotamiento del crédito del ejercicio pasa a la anualidad siguiente sin perder posición.
¿Puedo combinar Factor de Insularidad con la deducción del IRPF sobre la misma obra?
Sí, pero el importe subvencionado se descuenta de la base deducible en el IRPF y tributa además como ganancia patrimonial. La deducción se aplica exclusivamente sobre la parte del gasto efectivamente satisfecha por el contribuyente, neta de la subvención recibida.
¿Como empresa, me conviene combinar Factor con la libertad de amortización del Impuesto sobre Sociedades?
En la mayoría de casos, sí. La subvención reduce el coste inicial y la libertad de amortización adelanta el retorno fiscal sobre la parte no subvencionada. Combinados correctamente, aceleran de forma sustancial la TIR del proyecto. La combinación óptima para cada caso concreto conviene revisarla con el asesor fiscal.
¿Las bonificaciones municipales (Calvià, Palma) se solicitan con Factor de Insularidad?
No. Son trámites independientes con su propia ordenanza municipal y su propio calendario. En Calvià, la bonificación del IBI debe solicitarse entre agosto y octubre del año anterior al ejercicio de aplicación; pasar la ventana significa perder un año.
Consideración final
La Convocatoria Factor de Insularidad 2026-2027 es, hoy por hoy, la línea de ayudas balear con mayor alcance vigente. Con un plazo hasta finales de febrero de 2027, cuatro programas complementarios y intensidades competitivas para todos los perfiles de beneficiario excepto para las personas físicas sin actividad económica en fotovoltaica, permite acometer inversiones en autoconsumo, electrificación térmica, almacenamiento y movilidad eléctrica con un retorno económico significativo.
Para el particular residente en Baleares en 2026 con vivienda unifamiliar o piso, la vía practicable en fotovoltaica pasa hoy por la deducción estatal del IRPF (RDL 7/2026) mientras no se reabra FOTOPAR, con la salvedad de que la aplicación fiscal concreta al caso balear debe revisarse con asesor. Para la parte de batería y de punto de recarga, sin embargo, sí puede acudir a la Convocatoria Factor de Insularidad con intensidades del 45% y del 70% respectivamente.
Para la empresa balear, Factor de Insularidad es la línea principal, con intensidades del 40% al 70% según régimen y tamaño. Combinada con la libertad de amortización del Impuesto sobre Sociedades del RDL 7/2026 y, cuando aplique, con la valorización de CAE, ofrece un marco financiero difícil de repetir en otros territorios del Estado.
Para el sector hotelero, la combinación Factor + ITS —cada uno para las actuaciones que le son propias— es el camino operativo natural, respetando la regla de no doble financiación.
Un último apunte de contexto operativo. La lógica de riguroso orden de entrada que gobierna Factor de Insularidad premia la anticipación en la presentación telemática. Pero anticiparse sin proyecto técnico bien cerrado es fuente de minoraciones posteriores. La combinación óptima —proyecto técnico riguroso + presentación en el primer día hábil disponible— es la que maximiza tanto la probabilidad de obtener la ayuda como la certeza de cobrarla íntegramente al final del proceso.
Si estás valorando una inversión en autoconsumo, aerotermia, baterías o punto de recarga en cualquiera de las islas y quieres una oferta técnica adaptada a tu caso, puedes solicitarnos una oferta sin compromiso o consultar las ayudas actualmente vigentes.
Nota: La descripción del marco de ayudas contenida en este artículo se basa en la Resolución 6663 publicada en el BOIB núm. 83 de 2 de julio de 2026 (Convocatoria Factor de Insularidad 2026-2027) y en las preguntas frecuentes publicadas por el Govern balear sobre esta convocatoria. El estado real de cada convocatoria (fondos disponibles, plazos, requisitos específicos) puede haber variado desde la publicación de este artículo; conviene verificar el estado actual en las fuentes oficiales del Govern balear antes de iniciar cualquier tramitación. Este artículo no sustituye el asesoramiento profesional específico para cada situación.