autoconsumo

Puntos de conexión fotovoltaica para autoconsumo

Que las eléctricas no son amantes del autoconsumo no es ninguna novedad, pero del mismo modo que esta afirmación es una realidad universal sólo a la altura de la ley de la gravedad, también lo es que la mayor parte de sus empleados no son responsables de las decisiones político-corporativas que toman sus ejecutivos ávidos de poder  que aposentados en las lujosas plantas nobles privan día a día de tener una energía más barata, limpia y justa.

Esta semana he querido ahondar en algunos aspectos relacionados con la obtención de los puntos de conexión al amparo del RD1699/2011, por lo que consideré conveniente contactar con Iberdrola,  y la verdad es que del mismo modo que Endesa siempre ha colaborado con nosotros facilitándonos la tramitación de nuestro proyecto de autoconsumo industrial en el restaurante Lasal del Varador, debo decir que Iberdrola también se puso de inmediato a nuestra disposición para resolver cuantas dudas tuviéramos, lo cual quiero agradecer enormemente desde estas líneas. Y aunque parezca lo contrario, juro que mi intención no es hacerle la pelota a nadie… pero es de justicia reconocer la colaboración que nos están brindando tanto Endesa como Iberdrola

Vayamos al grano; a lo largo de estas últimas semanas he leído algunos artículos y recibido algunos comentarios, que comentaban, que Iberdrola estaba exigiendo a la gente que solicitaba un punto de conexión conectado a la red interior de un consumidor al amparo del RD1699/2011, la obligatoriedad de no verter a la red ningún excedente; en este sentido algunos fabricantes de inversores se han apresurado a sacar al mercado equipos que impiden la inyección a la red de los excedentes producidos por nuestra instalación fotovoltaica, en el caso de que la producción solar sea superior que el consumo instantáneo.

Un buen ejemplo de estos equipos es el Power Control Module de SMA, un dispositivo para los inversores de las gamas Sunny Boy y Tripower que compara instantáneamente la producción solar con el consumo, y en caso de producirse excedentes limita la potencia de salida del inversor al 75%, 50%, 25% o 0% evitando de este modo la inyección a la red.

Otro buen ejemplo es la propuesta de Aros Solar (Riello) que mediante un analizador de red de Carlo Gavazzi mide la potencia de entrada en el inversor y en caso de ser superior al consumo instantáneo, envía una señal para que el inversor ajuste su punto de máxima potencia (MPPT) y de este modo no se inyecte energía a la red.

Poco a poco  van saliendo propuestas de esta índole en España para evitar la inyección a la red, aunque mi duda es si realmente  Iberdrola puede exigir no verter a la red y con qué argumento, por este motivo y tal y como os he avanzado al incio, me decidí a contactar con Iberdrola para conocer como interpretan el RD1699/2011.

En mi conversación con Iberdrola quise fundametalmente ahondar en algunas de las cuestiones que planteé en nuestro anterior artículo llamado Las 7 dudas capitales sobre el autoconsumo solar. Las preguntas planteadas fueros las siguientes:

autoconsumo

¿ Tengo que pedir un punto de conexión a la empresa de distribución para una instalación de autoconsumo?

La respuesta de Iberdrola es fundamentalmente sí, pero….  que existe una interpretación del REBT ITC-BT-40 que abre la posibilidad de no solicitarlo. Me explico… dicha norma clasifica las instalaciones generadoras en 3 grupos: instalaciones aisladas, asistidas ( existe interconexión con la red de distribución pero no trabajan en paralelo, se precisa de conmutadores)  y las interconectadas que trabajan en paralelo y son el objeto de las instalaciones de autoconsumo instantáneo. Para los dos últimos grupos el REBT exigen presentar un proyecto a la empresa distrubuidora y solicitar su permiso para conectar la instalación ( punto de conexión), pero para el primer grupo no es necesario.

Por este motivo Iberdrola concluye que si podemos demostrar que nuestra instalación no va a verter nunca excedentes a la red, y que por lo tanto actuará como una instalación de generación asilada de la red eléctrica, podemos prescindir de solicitar el punto de conexión correspondiente, y consecuentemente la alta en el régimen especial, venta de energía, liquidaciones de IVA, alta en el IAE, etc…

Hasta aquí las buenas notícias..

Las malas notícias empiezan cuando Iberdrola interpreta que el elemento de desconexión debe ser un relé independiente del sistema de generación, que por un lado tiene un alto coste, estiman entre unos 3.000 y 4.000 €, y que por el otro lado dicho relé desconecta tanto la producción fotovoltaica como el consumo, por lo que se tiene que volver a armar manualmente el consumo de la instalación, y claro estas situaciones suceden principalmente cuando no hay nadie en casa o en la empresa, momentos en que la producción solar es superior al consumo, y que obligan consecuentemente que alguien se tenga que desplazar hasta la instalación…. imaginaros que esto sucediera en nuestro restaurante de Mataró…. y  el estropicio que se podría producir con las neveras en caso de tenerlas varias horas sin funcionar.

Consecuentemente Iberdrola me dice que  a estos efectos no aceptan los equipos de SMA, Aros Solar y otros para limitar la inyección de excedentes a la red, ya que según sus argumentos es imprescindible que el dispositivo de desconexión sea un elemento absolutamente independiente de la instalación de generación. Igual alguién de SMA o Aros Solar, nos puede aclarar este punto…

Por lo tanto el coste de tener una instalación absolutamente aislada de la red es relevante y difícilmente compensa el ahorro de trámites y facturación que deberemos gestionar en el caso de venta de excedentes.

Incluso les pregunté si consideraban necesario el solicitar un punto de conexión para instalar un micro-kit de 240 W conectado a un enchufe cualquiera; su postura sigue siendo igual de clara, entienden que no tan sólo se trata de un tema de interpretar el REBT, sino de un tema de seguridad, y en este sentido me ponían el ejemplo de imaginar de que llega un operario de la compañía a casa de un cliente, retira los fusibles y se pone a trabajar convencido de que no hay tensión ya que nadie ha indicado y señalado que allí hay una fuente de tensión, en estos casos se puede producir un accidente grave que obviamente seria responsabilidad del usuario… la verdad es que esta situación es más bien improbable ya que tal y como hemos comentado alguna otra vez, los inversores de conexión a red necesitan de tensión para trabajar, y por lo tanto no habría problema de seguridad…. en todo caso queda dicho lo que me comentó Iberdrola.

¿Es cierto que habéis exigido a algunos clientes no verter a la red cómo condición indispensable para hacer una conexion de red punto a punto?

Iberdrola niega categóricamente esta afirmación, más bien todo lo contrario… esto es que se han encontrado casos de consumidores que con el objetivo de no darse de alta en el régimen especial les han solicitado la posibilidad de no verter a la red,  y en ese caso se les ha ofrecido la posibilidad de instalar el relé de comentado anteriormente. No obstante, por todo lo razonado en el punto anterior,  Iberdrola siempre recomienda al cliente, seguir las directrices del RD1699/2011, conectarse a la red interior y verter los excedentes que se produzcan a la red para venderlos, ahorrándose de este modo el alto coste del relé, y las incomodidades en caso de disparo.

¿Pueden autoconsumir los usuarios con más de 100 kW de potencia contratada?

Iberdrola considera que no hay opción en estos momentos, entienden que el RD1699/2011 sólo ampara a las instalaciones hasta 1oo kWpara conectarse a una red interior y que todo lo que exceda no tiene cabida en la legislación actual.

Personalmente entiendo la lectura que hace Iberdrola del real decreto, y es que si nos basamos en el RD1699/2011, realmente no hay opción alguna…. ¿pero y si pasamos de este real decreto y tiramos una línea directa en entre la instalación de  generación y el consumo?

El RD1955/2000 en sus artículo 67, 68 y 69  contempla la posibilidad de tirar lineas directas entre un centro de producción ( nuestra instalación solar) y un centro de consumo del mismo titular, previa autorización administrativa. Por lo tanto entiendo que nada podría impedir la posibilidad de de conectar una instalación de más de 100 kW a la red interior de un consumidor mediante la tirada de una línea directa. En todo caso dejo abierta esta posibilidad que creo que podría abrir un camino para el desarrollo de este tipo de instalaciones,  de todos modos insisto que es una vía a explorar que no tengo muy clara, y os pido interpretaciones al respecto….

Por otro lado,  la legislación nombra en distintos reales decretos la figura del autoproductor, sin ir más lejos el RDL13/2012  en su artículo 1, modifica el artículo 9 de la Ley 54/1997 del sector eléctrico contemplando la figura del autoconsumidor sin distinción de  potencia; y el RD1955/2000 en su artículo 60 reconoce el derecho de acceso a la red de distribución de los autoproductores sin limitación de potencia….. resumiendo, es una situación un poco absurda que se reconozca un hecho pero no se reglamente, ¿no?; aún así las empresas distribuidoras son conscientes de reclamación por parte de un usuario a Industria, se acabará dando la razón y el acceso al usuario…. o tiene algún sentido no permitir el autoconsumo instantáneo a un productor de 101 kW??????

Ya para finalizar, y cómo muestra de la buena predisposición de Iberdrola para atender las dudas que puedan surgir para la tramitación de los punto de conexión, me facilitaron los siguientes datos de contacto para que los pusiera a vuestra disposición:

El teléfono de Gestión de Acometidas de Iberdrola es el 902 10 22 10

Y el correo electrónico específico es acometidasproductores@iberdrola.es

Hoy lo vamos a dejar aquí, pero me encantaría conocer vuestras opiniones y experiencias al respecto de los puntos de conexión y poder contrastar la información facilitada por Iberdrola, del mismo modo os invito a opinar sobre la viabilidad legal para ejecutar instalaciones de autoconsumo de potencia superior a 100 kW. ¿ Qué opináis?

 

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Frederic Andreu

Hola, soy Frederic Andreu, Ingeniero Químico por el Instituto Químico de Sarriá (IQS) y post-grado en energías renovables por la Universidad Politécnica de Catalunya (UPC). Durante 10 años trabajé en Endesa Energia, primero gestionando grandes cuentas industriales y posteriormente cómo responsable de energía solar para España. Actualmente soy socio-fundador de SolarTradex y me apasiona desarrollar y compartir con todos vosotros este proyecto.

Frederic Andreu
Acerca de Frederic Andreu

Hola, soy Frederic Andreu, Ingeniero Químico por el Instituto Químico de Sarriá (IQS) y post-grado en energías renovables por la Universidad Politécnica de Catalunya (UPC). Durante 10 años trabajé en Endesa Energia, primero gestionando grandes cuentas industriales y posteriormente cómo responsable de energía solar para España. Actualmente soy socio-fundador de SolarTradex y me apasiona desarrollar y compartir con todos vosotros este proyecto. Ver todas las entradas por Frederic Andreu

12 comentarios en “Puntos de conexión fotovoltaica para autoconsumo
  1. Fernando dice:

    El artículo 69.2 del citado RD 1955 indica que «2. La conexión a las redes de transporte o distribución requerirá la autorización de la Administración competente y el cumplimiento de los requisitos de acceso a dichas redes. Ello supondrá la pérdida de su calificación de línea directa, integrándose en el sistema general y quedando sometida a las condiciones de acceso de terceros a las redes previstas en el presente Real Decreto.»

    Si conectamos un consumidor con un generador que están aislados de la red (en lo alto de la montaña), esa conexión sí será con una linea directa…. Pero si conectamos un generador con un consumidor que sí está conectado a la red, no indica este art que dicha linea deja de ser linea directa, y volvemos a estar en la situación inicial???

    1. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

      Hola Fernando,

      muchas gracias pr tu aportación, tal y cómo comentaba en mi artículo necesito de vuestras aportaciones para que entre todos podamos ver cómo interpretar el tema de realizar solicitudes de mayor potencia…. francamente el tema de las líneas directas lo veo cómo una posibilidad, pero tampoco lo tengo claro al 100% precisamente por lo que comentas.

      Lo que sí que está claro es que Iberdrola me cierra las puertas, y Endesa en cambio me dice que le ponga la pelota en su tejado a ver que pasa. Por otro lado conversaciones con Industria nos inducen a pensar que están por la labor de permitirlo.

      Creo de verdad que es el siguiente caballo de batalla que tenemos, incluso antes que el balance neto….

      Gracias por participar y aportar ideas, yo no soy ningún gurú…. por o que vuestras opiniones son necesarias para aportar luz y complementar o corregir mi visión.

      Gracias de verdad.

  2. Raúl dice:

    Hola de nuevo Frederic,
    Una vez más, gracias por mantener vivo este Blog ayudando a promocionar las instalaciones de Autoconsumo Instantáneo.
    Sólamente me ha llamado la atención el comentario que afirmas que te han hecho desde IBERDROLA: «me ponían el ejemplo de imaginar de que llega un operario de la compañía a casa de un cliente, retira los fusibles y se pone a trabajar convencido de que no hay tensión ya que nadie ha indicado y señalado que allí hay una fuente de tensión, en estos casos se puede producir un accidente grave que obviamente seria responsabilidad del usuario…»
    Y quería matizarlo. Hasta donde yo sé, y estoy completamente seguro de que tú también, los Microinversores, al igual que los Inversores de Conexión a Red, están protegidos contra el funciomaniento «en isla», o lo que es lo mismo, si dejan de detectar tensión a su entrada, porque se haya caído la red, o porque un operario haya bajado el diferencial, automáticamente se desconectarán y dejarán de inyectar energía a la red, por lo que el supuesto «grave accidente» nunca ocurriría. Otra cosa es que no sea correcto conectar un microinversor directamente a un enchufe… claro.
    Sólo quería aclarar ese punto porque soy consciente de que este Blog es seguido por mucha gente y no necesitamos más «falsos mitos» alimentados por las eléctricas…
    Por último, aprovecho para dejaros el enlace a una noticia que publica hoy SMA en su Newsletter: INAUGURADA LA PRIMERA INSTALACIÓN DE AUTOCONSUMO INDUSTRIAL EN ESPAÑA (100 kW)
    https://www.sma-iberica.com/es/noticias-e-informacion/noticias-actuales/noticias/news/1617.html

    1. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

      Hola Raúl;

      estoy absolutamente de acuerdo contigo, y sinó recuerdo mal este tema ya lo comenté en en un post anterior.

      Las instalaciones FV conectadas a red precisan de tensión para que el inversor funcione, y así se lo comenté a la persona de Iberdrola, pero él me insitió en el tema, incluso señalando que cuando un operario llega a una instalación de un cliente debería estar señalado que existe un fuente generadora para evitar accidentes.

      En todo caso te agradezco el comentario, porque posiblemente no he sabido transmitir suficientemente bien el desarrollo de la conversación…. y quizás pueda inducir a equívoco.

      Por lo que respecta a la instalación que comentas, la verdad que es una auténtica lástima que un empresa con el consumo que tiene, tenga que conformarse a instalar sólo 100 kW para cumplir con el RD1699/2011.

      Gracias por participar!!

    2. Lorenzo de Miguel dice:

      Estoy totalmente de acuerdo.

      Partimos de la base del «NO FUNCIONAMIENTO EN ISLA», protección ineludible para todas las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red y que la mayoria de los inversores tienen.

      Yo creo que la clave del autoconsumo estará en qué pasa con la energía excedentaria.

      A mi como consumidor/productor no me importaría incluso regalarlo a la red para que esos kWh no salgan de otras fuentes «sucias» y para que las eléctricas allanen un poco el camino… «economía del bien común».

      Lo que me importa es cuanto ahorro de mi factura eléctrica en proporción a la inversión.

      Aún no me queda claro que la inversión óptima es la que cubre sólo el mínimo de potencia.

      A medida que aumentamos la inversión, cubrimos más potencia y ahorramos más energía que «chuparíamos» de la red…

      La optimización sería aumentar potencia fotovoltaica hasta el punto que ya no compense el ahorro de factura a «equis» años, (muchos años!). Con muchos años por delante tenemos margen para amortizar…

      Lo complejo desde mi punto de vista es hallar este punto. (Vaya punto, no!?)

      Un saludo.

      Menuda guerra…!

    3. Frederic Andreu dice:

      Hoal Lorenzo;

      gracias por tu aportación.

      Al respecto de tu comentario acerca de que consideras que vale la pena dimensionar para verter excedentes, mi opinión es que que si queremos tiempos de retorno de la inversión razonables debemos dimensionar las instalaciones para que viertan a la red lo mínimo posible; la explicación es muy simple, cada kwH que ahorro durante el día tiene un valor medio de 0,14 €/kWh ( tarifas 3.0A sector comercial), y en cambio cada kWh que vendo a la red tiene un precio medio de 0,06 -0,08€/kWh ( precio aproximado de pool durante el día), por lo tanto cuanto más vierta a la red y venda al pool más deberé promediar el ahorro con el precio de venta a pool y por lo tanto mi término medio de ahorro bajará de 0,14 €/kWh aproximandose cada vez más al precio de pool y alargándode obviamente los plazos de retorno de la inversión.

      Gracias de nuevo por participar y saludos!!

  3. Enric Sebastià dice:

    A raíz de lo que comentas de tirar una línia directa entre generación y consumo; supongo que se entonces la instalación se clasificaria según el REBT como de generación aislada; no veo claro el tipo de consumo al que podría dar servcio; sobretodo si tenemos en cuenta la periodicidad más o menos fluctuante de la producción solar: ¿podrías dar algún ejemplo? Gracias.

    1. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

      Hola Enric;

      yo intrepreto lo mismo que tu comentas, o sea que se trataría de una instalación aislada de la red de distribución.

      En cuento al uso, pues para una instalación de más de 100 kW como seria el caso, pienso en cualquir actividad industrial… imagina por ejemplo una empresa farmacéutica, textil, del sector del cable, extrusión, etc… que tenga un consumo mínimo permanente durante el dia de 100 kW o más… pues en ese caso podría instalar 100 kW o más que se autoconsumirían instantáneamente…. se trata de replicar el mismo modelo de autonconsumo instantáneo que contempla el RD1699/2011 pero con grandes potencias.

      Gracias por participar!!

    2. Enric Sebastià dice:

      Gracias por tu respuesta, pero de todas maneras no me queda claro que pasa cuando los equipos que alimenta la instalción solar se quedan sin suministro por falta de radiación; ¿con que se alimentan entonces? Si és con la red, estariamos en uno de los otros dos casos ¿no? generación asistida o interconectada; luego se tendría que solicitar el punto de conexión ¿es así?

  4. josep sans dice:

    Soy el responsable de una pequeña ISF conectada de 5 kW que tenemos en el instituto. Además imparto la asignatura de ISF en nuestro Ciclo Formativo Eléctrico. Mis alumnos andan pidiéndome información sobre las condiciones para el autoconsumo. Frederic, tu artículo me parece muy gráfico, ilustrativo y bien explicado. Me aclara muchas dudas al respecto.
    Quiero añadir que gracias a tus informaciones , ellos, que serán los futuros instaladores van a tenerlo más claro a la hora de instalar y asesorar a los clientes.
    Gracias. Sigo tus comentarios.

    Josep Sans
    IES Jaume I
    ONTINYENT (vALÈNCIA)

    1. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

      Hola Josep;

      muchas gracias por tu correo!!! Correos como el tuyo dan sentido al esfuerzo de mantener el blog. Estamos en contacto.

      Saludos!!!

  5. Ricard dice:

    Muy buen post!! un poco más de luz!

    felicitats!!

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