Autoconsumo sin legalizar en casa ¿qué me puede pasar?

Hace tan solo unas semanas os hablaba de mi preocupación por algunas falsas verdades que desgraciadamente, y debido a la lógica inacción del oligopolio eléctrico y del Gobierno de un lado, y de la inocente voluntad de magnificar las cosas por parte de los defensores del autoconsumo solar del otro, se han acabado convirtiendo en verdades universales que han dinamitado por completo la voluntad de millares de consumidores que vieron en el autoconsumo solar la posibilidad de contener en cierta medida la espectacular senda creciente en el precio de la electricidad que hemos sufrido lo largo del último lustro.

En este sentido os ilustraba lo acontecido a lo largo de este último año con el peaje de respaldo, una suerte de impuesto al autoconsumo, que casi un año después de su proclamación sigue sin aprobarse, pero que, en cambio, ha conseguido paralizar casi por completo el desarrollo de nuevos proyectos, por el temor de que algún día pueda acabar aprobándose…

Imaginad hasta qué extremos ha llegado la falsa verdad, que incluso hace unas semanas un organismo de la administración como es el Cabildo de Tenerife, solicitaba formalmente su eliminación a pesar de que todavía no existe…

Esta semana quiero abordar otro de los grandes temores que rodean al autoconsumo solar, el que se refiere a las posibles consecuencias de instalar un kit de autoconsumo doméstico sin legalizar. ¿ Es cierto que me pueden castigar con una multa de 60.000.000 €? ¿Me pueden cortar el suministro? ¿Está justificado el miedo atroz a instalar un sistema de autoconsumo solar en casa?

SolarTradex

Antes que nada quiero reseñar que el objetivo de este artículo no pretende en ningún momento, ni defender, ni promover las instalaciones ilegales, tan solo se persigue informar de manera fundamentada de las posibles consecuencias sin entrar en juicios de valor de ningún tipo.

Vayamos por partes…

 ¿Debo legalizar mi instalación de autoconsumo solar doméstica?

Rotundamente, sí, a menos que quieras convertirte en un estraperlista de kWh como hacen el 99% de los ciudadanos que se compran un kit de autoconsumo doméstico para su hogar.

¿Por qué la gran mayoría de la gente que se instala un kit de autoconsumo en casa no legaliza su instalación?

El razonamiento es muy simple; el coste de la tramitación y legalización asociada a la instalación de un simple kit de autoconsumo, es aproximadamente un 200% más cara que el coste del propio kit.

Precio kit de 250 W: aproximadamente 450 €

Coste de legalización conforme al RD1699/2011: aproximadamente 1.300 €

Escandallo costes:

1. Encargar una memoria técnica para solicitar el punto de conexión a la compañía eléctrica ( incluso si lo quiero conectar a un enchufe de casa): 300 €

2. Solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento: en la mayoría de municipios existe una bonificación el 95% del importe del ICIO, por lo tanto, ignoro su coste.

3. Instalar un contador bidireccional para computar la energía exportada: 450 €

4. Solicitar a la compañía eléctrica la comprobación y verificación del equipo de medidas: 500 €.

5. Inscribir la instalación en el Registro de Instalaciones de Autoconsumo que todavía no está vigente: 50 €

¿Entendéis ahora por qué la gente no legaliza sus instalaciones?

Y esto sin contar la posible obligatoriedad de instalar un segundo contador para la producción solar cuando se reglamente el desarrollo normativo de la Ley 24/2013.

 ¿Me puedo evitar todos estos costes?

En algunas comunidades autónomas las Subdirecciones Generales de Industria han aprobado procedimientos para legalizar este tipo de instalaciones al amparo del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión ITC-BT-40, pero en este caso se exige un dispositivo que evite y certifique que no se produce inyección de excedentes solares a la red de distribución. El  coste de estos equipos puede rondar los 600-800 €.

Además, para poner en marcha la instalación se debe presentar un proyecto a la compañía eléctrica, por lo tanto, el coste final de este camino alternativo es bastante equiparable al comentado en el punto anterior.

 ¿Qué me puede suceder si no legalizo mi instalación de placas solares?

De acuerdo al punto 4 del artículo 9 de la Ley 24/2013:

«4. Los consumidores acogidos a las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica tendrán la obligación de inscribirse en el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica, creado a tal efecto en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.»

Por lo tanto, queda clara la obligatoriedad de inscribir mi instalación de autoconsumo en el registro correspondiente, y consecuentemente esto supone la previa legalización de la instalación… el problema está en que a día de hoy todavía no está reglamentado este procedimiento.

 ¿Y si decido no inscribir en el registro mi instalación?

El artículo 64 clasifica como infracción muy grave la no inscripción:

«43. En relación con el autoconsumo, el incumplimiento de la obligación de registro así como la aplicación de modalidades o de regímenes económicos no contemplados expresamente en esta ley y su normativa de desarrollo, así como el incumplimiento de alguno de los requisitos técnicos de aplicación a las distintas modalidades de autoconsumo cuando se produjeran perturbaciones que afecten a la calidad de suministro en el ámbito de la red a la que están conectados.»

 ¿Qué sanciones tienen las infracciones muy graves?

Según el artículo 67, vemos que:

1. Las infracciones establecidas en el capítulo I de este título serán sancionadas del modo siguiente:

a) Por la comisión de las infracciones muy graves se impondrá al infractor multa por importe no inferior a 6.000.001 euros ni superior a 60.000.000 de euros. (…)

2. En cualquier caso la cuantía de la sanción no podrá superar el 10 por ciento del importe neto anual de la cifra de negocios del sujeto infractor, o el 10 por ciento del importe neto anual de la cifra de negocios consolidada de la sociedad matriz del grupo al que pertenezca dicha empresa, según los casos.(…)

3. Si, en razón de las circunstancias concurrentes, se apreciara una cualificada disminución de la culpabilidad del infractor o de la antijuridicidad del hecho, o si atendida la situación económica del infractor, en razón de su patrimonio, de sus ingresos, de sus cargas familiares y de las demás circunstancias personales que resulten acreditadas, la sanción resultase manifiestamente desproporcionada, el órgano sancionador podrá determinar la cuantía de la sanción aplicando la escala correspondiente a la clase o clases de infracciones que precedan en gravedad a aquella en que se integra la considerada en el caso de que se trate.»

Consecuentemente, creo que podemos aseverar que no es cierto de modo alguno que nos puedan castigar con 60.000.000 € por conectar un kit de autoconsumo doméstico sin legalizar, ya que sin lugar a dudas la sanción sería del todo desproporcionada.

¿Me pueden cortar el suministro por tener conectado un kit de autoconsumo solar sin legalizar?

Precisamente esta es otra de las cuestiones no baladíes, por la que temen los posibles autoconsumidores; y en este sentido el artículo 52 de la Ley 24/2013 que regula la suspensión del suministro eléctrico a los consumidores, no contempla en ninguno de sus apartados la suspensión del suministro por tener conectada una instalación de autoconsumo sin legalizar.

A la vista de este repaso de la legislación aplicable a día de hoy, mi percepción personal que me gustaría contratar con vuestros pareceres, es que se ha magnificado y dramatizado de manera muy desmesurada, las posibles consecuencias de instalar un simple kit de autoconsumo, ¿cómo lo veis?

¿Creéis realmente que está justificado el temor a instalar un sistema de autoconsumo doméstico? ¿Cual es el principal motivo que os frena a convertiros en autoproductores solares?

Espero vuestros comentarios, que a bien seguro generarán un interesante debate.

¡Un saludo!!

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Frederic Andreu

Hola, soy Frederic Andreu, Ingeniero Químico por el Instituto Químico de Sarriá (IQS) y post-grado en energías renovables por la Universidad Politécnica de Catalunya (UPC). Durante 10 años trabajé en Endesa Energia, primero gestionando grandes cuentas industriales y posteriormente cómo responsable de energía solar para España. Actualmente soy socio-fundador de SolarTradex y me apasiona desarrollar y compartir con todos vosotros este proyecto.

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Acerca de Frederic Andreu

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65 comentarios en “Autoconsumo sin legalizar en casa ¿qué me puede pasar?
  1. Javier dice:

    Buenos días

    Estoy realizando un proyecto sobre la rentabilidad de una instalacion fotovoltaica en esquemas retributivos de balance neto y la verdad que su blog me está sirviendo de gran ayuda, por lo que os agradezco vuestro interés en este tema.

    Me gustaría preguntarles un par de cosillas:

    1. Por un lado me gustaría saber cuánto suponen los costes anuales de mantenimiento y seguro de una instalación con fin doméstico de 4kW de Pot. Nominal y 4,4 kWp.

    2. También me gustaría saber el coste de la licencia de obras y si los costes de tramitación y legalización de la instalación, así como el contador bidireccional van incluido en la inversión inicial que por lo que he leido en su caso práctico equivale a 1,6€/Wp.

    Muchas gracias por su ayuda, les mando un cordial saludo.

    Javier

    1. Frederic Andreu frede1973 dice:

      Hola Javier;

      una instalación de 4 kWp no debería suponer ningún coste anual de mantenimiento. Yo no lo contemplo, porque tan sólo se trata de revisar que la instalación funcione, limpiar de tanto en cuanto los módulos, y poco más…. en principio el único coste seria si se estropeara y no estuviera en garantia, pero en este caso no seria coste de mantenimiento.

      La vida útil de una instalación es de más de 25 años, y tan sólo convendría contemplar una sustitución de inversor entre los 10-15 años.

      El coste de la licencia de obras viene a ser un 3-4% sobre el coste del material, aunque la gran mayoría de ayuntamientos tienen una bonificación del ICIO del 95%.

      El contador puede tener un coste de unos 500 €.

      El coste total de la tramitación puede ascender a unos 1000-1200 dependiendo del caso, y del trabajo que se tenga que hacer para adecuar la acometida.

      Saludos

  2. Ivan dice:

    En ese caso, yo me voy a animar a poner alguna placa solar

    Algún consejo de donde puedo adquirirlas a buen precio?

    1. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

      Hola Ivan;

      es una auténtica fustración, dedicarle tantas horas a un blog, y que la gente no se de cuenta que nuestro negocio principal no es tener un blog, sino vender material solar.

      En SolarTradex somos distribuidores de material solar fotovoltaico, y paneles solares entre otros.

      Saludos

  3. Ivan dice:

    Leo en el artículo:
    «En en este sentido os ilustraba lo acontecido a lo largo de este último año con el peaje de respaldo, una suerte de impuesto al autoconsumo, que casi un año después de su proclamación sigue sin aprobarse, pero que en cambio ha conseguido paralizar casi por completo el desarrollo de nuevos proyectos, por el temor de que algún día pueda acabar aprobándose…»

    Significa eso que aunque se ha proclamado, como no se se a aprobado, a día de hoy es legal aún el autoconsumo sin pagar el peaje???

  4. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

    Hoa Lourdes,

    si eres 100% independiente de la compañía no tienes que pagar nada…. sólo el coste de la instalación.

    Lo lógico es que también tengas un grupo electrógeno como soporte auxiliar, y por lo tanto también deberás pagar el coste del combustible que utilices.+

    Saludos

    1. Eremita21 dice:

      ¿Entonces habrá que pagar el peaje de respaldo a Repsol por tener cerca una gasolinera de casa en la que comprar gasolina para el generador?

  5. Lourdes dice:

    Hola, gracias por la informacion.
    Por favor, quisiera saber si, en el caso de que alguien quisiera irse a vivir al campo, y hacerse una instalacion totalmente autosuficiente, sin ninguna conexion con las compañias, que estaria obligado a pagar o no, y que pros y contras tendria.

  6. Magneto dice:

    Cómo lo sabes…tanta fotovoltaica de los cojones. Con este tema se acabó. El problema es que los Suizos no dicen ni mú…y así todos tranquilos.

    Saludos.

  7. Carlos dice:

    Hola Frederic, muy buen artículo.

    Soy un estudiante del IQS de ADE y la verdad es que estoy bastante interesado en este tema. Muy a mi pesar desconozco gran parte de este mundo y es por ello que te agradecería que me respondieras un par de preguntas.

    – Hay un comentario que me ha parecido bastante interesante a tener en cuenta. Trata sobre la instalación de un segundo cuadro eléctrico aislado de la corriente eléctrica. ¿Es rentable toda la instalación que conlleva instalarse el segundo cuadro, teniendo en cuenta que has de abrir pared etc.? Siguiendo con el mismo tema. Supongamos que instalamos el segundo cuadro eléctrico; llegado a este punto me surge una pequeña duda, ¿Hay algún mecanismo mediante con el que una vez hayamos consumido la energía solar producida se produzca el cambio al consumo de red eléctrica sin interrupciones para evitar problemas con electrodomésticos como una lavadora o nevera? ¿con la instalación del segundo cuadro eléctrico es necesaria la autorización del Ayuntamiento o de la compañía eléctrica?

    -Por último, ¿Hay alguna forma en la actualidad y teniendo en cuenta todas las normativas vigentes, de conseguir autoconsumir de forma económica, sostenible y legal?

    Muchas gracias, y perdona si he repetido alguna pregunta ya planteada a lo largo del post.

  8. Jose Manuel dice:

    Hola Frederic. Tengo una duda respecto a como se legalizaría una instalación del tipo «a» de las recogidas en el artículo 9 de la ley 24/2013. En ese tipo no hay generador, sólo sujeto consumiodr, y la instalación no ha de estar inscrita como generadora. El consumidor si deberá estar inscrito como autoconsumidor en el futuro registro aun no implementado por el Ministerio. Pero será consumidor, no generador. El RD 1699/2011, en su ámbito de aplicación, incluye «a las instalaciones de régimen ordinario y régimen especial de potencia no superior a 100 kW…». Ya no existen esos regimenes, pero es claro que se refiere a instalaciones con un régimen de retribución económica por el sistema, que se tiene que entender hoy como instalaciones inscritas en el registro de generación (que si existe). Una fotovoltaica del tipo a) no tiene que estar inscrita, y por tanto no está en el ámbito de aplicación del 1699/2011. Así, lo único que cabe es:
    – Cumplir con las condiciones técnicas exigidas por los reglamentos electrotécnicos
    – Entiendo que tener instalado, cuando se regule el peaje de autoconsumo, un contador a la salida del generador para que se te pueda cobrar el famoso peaje de respaldo si alguna vez se regula.
    ¿En base a que nos puede exigir la distribuidora punto de conexión, contadores….?

    1. Frederic Andreu frede1973 dice:

      Buff cuantas cosas!!!

      Vamos por partes, la Ley 24/2013 reconoce el autoconsumo en su artúculo 9 según comentas, no obstante esta Ley no está desarrollada y por lo tanto no se puede aplicar a dia de hoy. Esta pdte de publicación ( a saber cuando) el RD que desarrolle esta ley igual que el RD1955/2000 desarrolló la antigua Ley 54/1997.

      A partir de aquí es el 1699/2011 el que te exige la solicitud de punto de conexión.

      No obstante algunas CCAA han savado procedimientos abreviados de legalización en base al REBT ITC-BT-40, en estos casos tienes que asegurar excedentes 0 y no hace falta solicitar PC. Aunque en este caso las eléctricas están recurriendo estas legalizaciones.

      En definitiva, un galimatías!!

      Saludos

  9. irene dice:

    Si el kit de autoconsumo vale unos 450€ y se amortiza en unos 6-7 años, al añadirle el desorbitado coste de la legalización (1.300€) el tiempo de amortización es tan largo que en la práctica no se amortiza. ¿Vale la pena el autoconsumo?

    La alternativa que propone Leo de descolgar de la red una parte de la instalación eléctrica, por ejemplo la nevera y algunas bombillas, y conectarla al kit, ¿es viable y práctica? Porque de alguna manera tendrá que haber una conexión a la red para cuando no haya suficiente energía para la nevera, y entonces ya no es como el caso de las luces de jardín que comentaba Jaime.

  10. Peter dice:

    Creo que en esta discusión no se está teniendo en cuenta el coste que supone tener nuestras casas «enganchadas» a la red y poder conectarnos cuando así lo deseemos. Parece quedar claro que las instalaciones independientes por completo no tienen que soportar ningún coste más que el de adquisición. Nosotros funcionamos en medio del campo así (porque tampoco hay otra alternativa). Cuestión distinta es en mi opinión tener unas casa en una zona urbana enganchada a la red. Es posible que lleguemos a ser autosuficientes pudiendo darnos de baja, pero la red hasta la misma vivienda sigue existiendo (y sigue siendo mantenida!). Aquí se me ocurren 2 opciones: una sería desmantelar por completo la red hasta nuestra vivienda, teniendo que pagar unos costes elevadísimos si en el futuro alguien quiere volver a engancharse, o pagar una cierta cantidad por el mantenimiento de esta opción (es innegable que genera muchos costes el tener esta opción abierta y sería de caradura hacer pagar al resto de abonados por ello). Apoyo el autoconsumo y me parece una opción energética eficiente, pero el mantenimiento de una red eléctrica y la seguridad en el servicio deberíamos ponerlas en valor y estar dispuestos a contribuir a sufragar sus costes.

    1. Manuel dice:

      Que yo sepa, el coste de mantenimiento de la red corresponde a la compañía electrica en baja y media y a REE en alta tensión. Si no haces uso de ellas, ¿Porqué vas a pagar los costes asociados?. No, yo estoy de acuerdo en que no me paguen por Kwh vertido más de lo que pago yo por Kwh consumido de la red, pero si ya estoy pagando los costes asociados al estar enganchado, no debería pagar otra vez más por medio de un peaje diseñado para disuadirnos de producir energía de forma autónoma. La democratización de la energía debe ser un derecho, máxime teniendo en cuenta un futuro en el que el coste de la energía será un lujo que no todos podremos pagar.

  11. Beñat Sanz dice:

    Muy bien artículo, salvo que echo en falta la inclusión de la tecnología minieólica cuando se habla de autoconsumo…Un saludo.

    1. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

      Tienes razón Beñat, no obstante nos referimos principalmente a la energía solar porque es lo que a nivel doméstico está más al alcance y presenta mejor rentabilidad.

      Saludos

  12. PAco. dice:

    Buenas tardes. Circuitor dice que sus sistemas de vertido cero estan certificados, pero los de Solar Log no. Tienes constancia que el Circutor lo haya aceptado industria de alguna comunidad?.
    Un saludo.

    1. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

      Correcto, los equipos Circutor tienen un certificado de inyección 0, como los de Green Power Monitor.

      En Catalunya ambos se aceptan, en Castilla León también…

      En cuanto a los otros sistemas, no tengo claro que no se acepten… entre otras cosas porque no tengo constancia de que este escrito en algún sitio que tiene que haber este certificado.

      saludos

  13. Jose Luis Lucena Carrera dice:

    Te lo acabo de enviar. Buenas noches.

    1. PAco. dice:

      Como has quedado con Iberdrola?, te ha admitido que la instalacion es asistida aunque no lo sea?.
      Un saludo.

  14. JOSE MANUEL dice:

    No hay de qué José Luis, tendrías inconveniente de enviarme una copia del certificado, tachando los datos personales, para ver si puedo tramitarlo así en Andalucía.
    Respecto a lo de Iberdrola, yo tengo clientes que están recibiendo, pero de Endesa, la modificación de las condiciones del contrato de suministro por correo certificado, seguramente estén haciendo lo mismo.
    Un saludo.

    P.S. Mi correo es latoso57 arroba hotmail punto com.

  15. Jose Luis Lucena Carrera dice:

    Gracias José Manuel, tengo un certificado de los instaladores que declaran la instalación como aislada, según la instrucción técnica 40 BT. Ya comentaré mañana qué pretenden los de Iberdrola.Mucha suerte también, saludos, y gracias a ese foro, me convenció para instalar los paneles

  16. JOSE MANUEL dice:

    Yo estoy en algo parecido a tu situación, pero a punto de instalarlo. Dependiendo de la Comunidad en la que estés, he leído que si no existe vertido a red no son consideradas como instalaciones generadoras asistidas por red que al no inyectar no requieren ser registradas en régimen especial, todo ello al amparo de una interpretación de la Instrucción Técnica 40 BT del Reglamento Electrotécnico.

    Yo en Andalucía estoy intentando enterarme cómo funciona la cosa.

    Un saludo y suerte.

  17. Jose Luis Lucena Carrera dice:

    Buenas tardes, he instalado hace un par de meses un kit de PV para autoconsumo (1,4 KW/h con 6 paneles en el tejado).. Consta de un inversor EFFEKTA que tiene varios modos de funcionamiento, entre ellos el ‘OFF GRID’, que evita el vertido a la red. El excedente va a parar a unas baterias, si están llenas, el inversor deja de generar. No me he dado de alta en ningún lado, a pesar de estar conectado a red lo he hecho posterior al ICP. Entiendo que no necesito aparato alguno más, tengo el certificado de la empresa instaladora.Aunque supongo también que dado el gobierno y sus ‘leyes’, se me puede considerar también un ‘ilegal’ en algún sentido.

    ¿Sabéis en este caso qué tendría que hacer para convertir esto en ‘legal’? La idea es ampliar hasta desconectar a la red

    Pero hoy me ha llegado una carta certificada de Iberdrola, pasaré mañana a recogerla, a ver qué quieren… seguro que dinero. ¿Hay otras compañías eléctricas que apoyen el auto-consumo y no pongan problemas?

  18. JOSE MANUEL dice:

    ¿Cuáles son los sistemas de no vertido certificados que existen a día hoy? Estoy interesado en colocar unas placas en mi oficina y este es el aspecto que más me preocupa, además de legalizar o no la instalación, que no tengo claro si lo haré visto lo visto.

    Un saludo y enhorabuena por este blog.

  19. RBMP dice:

    Hola a todos,
    Ahora mismo me encuentro en fase de desarrollo de un proyecto de instalación de autoconsumo para mi empresa, con una instalación de 100KW sin inyección a Red.
    Conforme vaya avanzando en el proyecto, me complacerá daros más detalles y demostrar que este tipo de instalaciones son completamente viables.
    Un saludo, y muy buen artículo.

  20. dc_energia dice:

    Buenas,

    A nivel doméstico esta claro que no salen las cuentas para legalizar una instalación de autoconsumo.
    Además de todos los costes que ha indicado Andreu hay que añadir que la instalación tiene que quedar registrada como productora en Régimen Especial (para poder firmar contrato técnico-económico con la compañía, aunque no se inyecte nada según creo) y que por tanto se estará obligado a liquidar trimestralmente el IVA etc… Algo que si no se es una empresa conlleva no solo un coste sino que es una molestia burocrática.

    Mi recomendación: PERDER EL MIEDO A NO LEGALIZAR Y DIFUNDIRLO. Gracias por el post.

    PD: Yo tampoco tenía claro lo del rodillo de la foto…

  21. Leopoldo Pazo bermudez dice:

    Hola Juan, yo no he dicho que este conectado a la red, entendemos red como la red que llega a tu casa de la calle, (tu red interior, es eso, tu red… no de ellos) que es por la que pagas peaje de respaldo, por la de ellos.
    Pero yo he dicho, que ciertos circuitos los desconectas de la red exterior, por lo tanto mi sistema NO esta en red, (es como si tuviera 2 redes interiores una consume de los paneles y la red que mas potencia necesita Horno, vitro etc de la red de la calle) (¿para que quiero conectar nada a la red?, para darles kilowatios que con triquiñuelas legales no me van a pagar, es mas voy tener que pagar yo por enviarlos, es el camino que lleva esto…..), yo lo que quiero que este ordenador que estoy usando no use energía de la red, y la que usa me sale gratis) si no estoy en red, volvemos al ejemplo del impuesto de rodaje, ¿por que tengo que pagar peaje?, si no lo entendí mal el peaje esta pensado , para que, si tu envías corriente o recargas tu sistema de la red estas «usando la red», por lo tanto al usarla pagas, en el caso que expuse de separar circuitos y desconectarlos de la red, no estoy usando la red, por lo tanto, ni registro de instalación, ni pago peajes, ni demás mamarrachadas de estos cerebritos que ya no saben, de donde sacarnos el dinero, no les hagamos el juego……
    un saludo
    PD: lo que realmente les sienta mal a esta gente es que haya personas que se desconecten de la red, 100 pavos menos todos los meses y ya no saben que hacer,y eso que tu ganes dinero a cuenta de su montaje, olvidate, no lo consentiran nunca (por que todo lo que están haciendo y diciendo es desinformación) para seguir manteniendo sus puertas giratorias , y el nivel de ingresos

  22. Leopoldo Pazo bermudez dice:

    yo creo que no, a la licencia de obras,
    ya que no es una obra propiamente dicha, no haces tabiques nuevos , no tiras tabiques, no cambias la geometría exterior de la casa, ni haces nada que sea achacable a una obra como tal, solo amarras unos arneses de aluminio y extiendes unos metros de cable, donde esta la obra?, o es que cuando cambias los muebles de cocina pides permiso de obra?.
    yo creo que no, a la inscripción, por que yo no inscribo una lavadora,cuando la compro (siempre hablando que no utilices la red), si esa instalación esta conectada a la red ya hablamos de otro tema.
    Lo que se trata es que para que el sistema no te fiscalice, no uses el sistema, claro si te es posible…..
    un saludo

    1. Francesc Vilches dice:

      Mi recomendación es pedir un permiso de obras menor al ayuntamiento (sobre un 1% del presupuesto).

      Para luego poder legalizar la instalación.

      Si partiis de la base que no la queréis legalizar…..supongo que también podéis pasar de engrosar las arcas municipales……..;-p

      Saludos,
      Francesc.

  23. Sebas dice:

    La verdad que lo veo tan complicado el entendimiento de la Ley.

    Mi pregunta es si me compro un panel solar lo pongo en mi ventana y con eso alimento a mi portatil y si no hay energia le pongo un rele para q cuando se acabe use el suministro electrico, tengo que cumplir con esta ley ?

  24. ¿Peaje de respaldo? dice:

    Cada vez que oigo hablar del peaje comento lo mismo:

    En mi casa tengo plantada una tomatera. Cuando se me acaban los tomates voy al supermercado y compro más. A día de hoy el supermercado todavía no me ha cobrado más por los tomates por tener una tomatera en casa. ¿Por qué sí con la electricidad? ¿En serio que es legal ese peaje de respaldo?

    Gracias por la aclaración

  25. Adolfo dice:

    Hola, veo que nos vamos un poco de la cuestión………¿ Creéis realmente que está justificado el temor a instalar un sistema de autoconsumo doméstico? ……..claro que esta justificado…..si autoconsumimos ellos no ganan…..y lo consiguen, nos estan frenando…¿ Cúal es el principal motivo que os frena a convertiros en auto-productores solares?……el miedo a una multa!……no?

    Se puede hacer autoconsumo, sin q nos multen….depende de:
    1 el tipo d contador q tengamos, muy importante.
    2 depende d la instalación solar q tengamos, potencia.
    3 depende de lo que quieras ahorrar.

    Ejemplo.
    Si tenemos un contador de disco analógico con trinkete es una cosa si no tiene trinkete es otra; si tenemos un digital bidireccional es un tema si anda cuando inyectamos en el mismo sentido q cuando consumimos tendremos q instalar un vertido 0; si queremos podemos tener una pequeña instalación paralela d baterías para alumbrado….hay muchas posibilidades…….lo que esta claro es q se dicen muchas tonterías q después no van a ningún lado como la patada en la puerta, peaje, millones d eur d multa, etc…hay q ser valiente e instalarse unas placas con un inversor y ir toreando al personal este q cada vez esta mas acorralado, si sirve de algo, el personal q hace las lecturas suelen ser d subcontratas…no tienen ni idea….y lo q digo depende d lo q tengas….no paguéis un duro….ya lo pedirán, ni permiso d obra ni nada…..por colgar 8 placas permiso de obra !!….estamos locos?

    Hablado con un empresario q tiene una instalación solar en su nave con 2 contadores me decía que no le compraban todo lo q producía……y lo demás que, lo regala…..no hombre ponte unos contacto res y cuando alcances la por q te compran o lo apagas o te lo injectas para autoconsumo, de ninguna d las maneras lo regales, que ellos nos regalan algo?

    Bueno, al final me he enfadado, no tengáis miedo l mayoria no tienen ni idea, empezando por ayuntamiento eléctricas ministros jueces, policia etc…

  26. Alexis dice:

    El Cabildo de «Canarias» no existe: cada isla tiene su propio Cabildo. De hecho, si al menos alguien hubiera leido la noticia que comentas se vería que es el Cabildo de TENERIFE.

    1. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

      Muchas gracias Alexis por tu aportación. Te tengo que confesar que yo si me leí la noticia para escribir el artículo y por este motivo la publiqué, lo que pasa es que cometí un error de transcripción.

      Te pido mil disculpas, y espero que el error no te haya impedido leer el resto del artículo.

      Gracias

  27. Jorge dice:

    Pero vamos a ver.Estamos tontos o qué.
    De la unica manera que te pueden sancionar, es si tienes contratada la luz con cualquier compañia y pones una instalación para volcar consumo a la red sin declarar.
    Pero si lo que pretendes es autoabastecerte de luz, de entrada no contrates con nadie y no des de alta ningun boletin en una empresa distribuidora de energia, sea la que sea.
    Si ya has contratado, lo mejor es darse de baja y una vez tengas la baja en tu poder, en tu casa, en tu propiedad y dentro de los limites de esta, puedes hacer lo que te venga en gana y sin pedir permiso a nadie.
    Y si es una parcela en el campo, ademas de las placas solares, puedes poner un generador eolico domestico y seguro que tendras energia de sobra.

    1. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

      Hola Jorge;

      te agradezco que participes en el blog, pero te pediría que para otra ocasión moderes el tono, aquí todos estamos de aprendices, y respetamos tanto el conocimiento como la ignorancia.

      Dicho esto, creo que igual no has entendido completamente el funcionamiento del autoconsumo instantáneo.

      Son instalaciones conectadas a la red, en las que la instalación de generación funciona en paralelo con la red eléctrica, es por este motivo que según la Ley 24/2013 se debería registrar la instalación en el registro de autoconsumo.

      Saludos

  28. Nacho Vidal dice:

    Antes de nada, ¿Qué tiene la tía de la foto en la mano?

    1. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

      Un rodillo para amasar pan… ¿has saciado ya tu ansiedad?

  29. perriflautico dice:

    que timo de sociedad…. quiero mi maldito generador con imanes

  30. Juan dice:

    Gracias Frederic, buen artículo. Hola leo, respecto a que no hay que legalizar nada si solo coges de la red cuando se gasten las baterías es con la ley actual. Si se aprobara la nueva ley cualquier equipo solar que también esté conectado a la red aunque no sea para inyectar también tiene que tener un contador telemetrico y pagar por el peaje de respaldo. El peaje de respaldo no es un peaje por lo que inyectas, sino por lo que generan tus placas mientras estas conectado a la red, inyectes o lo consumas todo.

  31. Fernando dice:

    Buenas tardes quisiera saber como tiene conocimiento la administración de que tengo una instalación foto voltaica más allá de vérse las placas 16 desde la calle?
    Saludos

  32. Sandra dice:

    Yo porqué tengo que pagar ?
    En mi propiedad privada ,haré lo que quiera y no le pienso pagar nada a los chorizos,si quieren me tendrán que pillar y multar,por supuesto que se gasten el sueldo de quien haga ese trabajo,helicóptero con fotos,pero facilitarle el trabajo a los chorizos feudales,de ir yo a pagar algo que no tengo porqué y menos viendo que estoy pagando una grandísima hipoteca y veo que la propiedad privada parece que sea de los chorizos,no te dejan hacer nada si ellos no cobran¿Perdonaaaaaaa?Pues no se lo voy a poner facil y voy ha hacer lo que quiera,almenos ser libre en tu casa,faltaba.
    Y por supuesto que cuando tenga dinero y me ponga mi kit,no voy a dar nada a la red eléctrica ,que nos cobran la energia a precio de oro y quieren que se la demos gratis???Al enemigo ni agua,lo llevan claro y espero que los ciudadanos pongan las cosas difíciles a los ayuntamientos y a las eléctricas que no tienen ningún respeto por los bienes ajenos.Hay que buscarle los tres pies al gato,solo por molestar que són muy frescos

  33. Ali dice:

    Cuando una ley es injusta,lo normal es desobedecer»

  34. Consumidor dice:

    Hay que ser muy subnormal para seguir las normas que pone el estado para darnos miedo, si quieres crear tu energía sin molestar a nadie, lo instalas y punto. Permisos de quién? Quién le ha dado permiso a quien te lo da? Es una estafa como siempre por parte del estado y hay que hacer lo lógico, que es montartelo a tu manera. BASTA YA de entrar en las leyes absurdas que hacen privatizar a nuestro SOL. Desobedece las leyes ABSURDAS.

    1. Leopoldo Pazo bermudez dice:

      totalmente de acuerdo……..

  35. victorvvv dice:

    Con la no-ley en mano, las instalaciones «asistidas», aquellas aisladas (con baterias, inversores, etc…) con punto de conexión a red entran dentro de «instalaciones con conexión parcial», por tanto deberían de «legalizarse» y pagar el peaje-robo de respaldo (que todavía no se ha normalizado o puesto en marcha).

    Las aisladas deben ser «totalmente aisladas». Sin que exista una conexión a red en la propiedad donde estén instaladas…

    Yo tengo una semi-aislada y la mantendré, sin temor a «represalias», mientras estos que legislan, lo hacen tan mal como saben. Porque me da en la nariz que la «intención primaria» del Sr. Soria era PARALIZAR el negocio fotovoltaico, como así ha sido. Y me pregunto, si la causa era que le quitaba negocio al oligopolio, o es que no tenían dinero para pagar las primas…

    Lo que riza el rizo de la incompetencia y desfachatez de este gobierno es creer que por tener varios cientos de miles de kits instalados, eso fuera a quitar una parte significativa del pastel a las eléctricas. No es el caso y si llegase al punto de que lo fuera, sería mas beneficioso para la sociedad que perjudicial para las eléctricas.

    El tema debe de ser más escabroso de lo que llega al público en general. Se trata de negar a la sociedad todos aquellos derechos que le permiten mejorar y progresar de alguna manera. Es la «agenda oculta» de empobrecimiento del sur de Europa, sin ningún fin aparente, pero los hechos están ahí y no dejan de ser «sospechosos»…

    Por cierto la Troika le pide al gobierno una subida del IVA y que encarrezca el IBI. Por si alguien no lo sabe mismo esto ya pasó en Grecia (quizás en el 2010-11), cuando no sabían de donde sacar más dinero. Por tanto aquí tenemos otros hecho significativo…

    Y posiblemente si siguieran este tipo de políticas, las instalaciones fotovoltaicas aisladas no estarían como ahora excentas de pago de peajes. Tan solo es cuestión de «legislar en contra», como se ha estado haciendo hasta la fecha con todo…

    Gracias Frederic por tu buen trabajo de divulgación
    Un saludo

    1. Jaime Dïaz dice:

      Voy a intentar argumentar con el método de reducción al absurdo para quitar estos miedos que nos acechan; y sino lo consigo es que nos hemos vuelto todos locos.

      En el jardín tengo algunas luces led que se recargan durante el día y por la noche dan unos pocos lúmenes. ¿Es esto autoconsumo? Si, Autoconsumo aislado pero en una casa que tiene conexión a red. Nadie piensa que haya que registrar la instalación. ¿no? claro, es muy poca potencia y la instalación se limita a clavarla en el cesped. Da risa solo plantearlo.

      También tengo un cargador de baterías solar de Niquel-cadmio y a veces cargo algunas pilas con el Sol.. Aún no tengo miedo de que algún inspector esté vigilando de que no he declarado el equipo como equipo de autoconsumo.

      Estas instalaciones son de muy poco potencia y nadie piensa que esto haya que declararlo legalmente.

      He comprado un módulo con el que quiero hacer un cargador de los móbiles y no sé si tengo que pagar algún impuesto o algo, como son más watios. Y si me denuncia un vecino por insolidario solar porque 100W ya son palabras mayores. Pero tranquilos solo son 12v y ¡en continua!

      Entonces:

      ¿El problema es pasar 1W a 1000W?
      ¿El problema es corriente continua o alterna?
      ¿El problema es pasar de 12v a 220v?
      ¿El problema es que sea un dispositivo, un equipo o un sistema?

      Parece que ninguna de estas cuestiones tiene que ver con el concepto autoconsumo, ya que en todos los casos es autoconsumo. ¿no?
      Tampoco tiene que ver con la consideración de aislada ya que todas son aisladas en un inmueble conectado. Si son aisladas parciales serán todas por tanto ¿no?

      Yo creo que todos los casos son un caso de autoconsumo aislado. En cada caso se regirán por la normativa electrica en función de su potencia. SI la instalación aislada trabaja a 220v alterna tendrá que cumplir con la normativa de baja tensión como dice Friedrich pero está fuera de la norma actual del gobierno.

      No se puede argumentar que si en el inmueble hay otra red conecta, la otra que está aislada ya no es aislada. La instalación es aislada. Lo que no está aislada es el inmueble pero la instalación aislada está aislada ni parcial ni nada. Está aislada. Porque si no es así, por la misma lógica la luz de jardín de 1W es un autoconsumo aislada parcial.

      Bueno espero haber dado un enfoque distinto a este tema que cada vez da más risa. Pero el poder es lo que tiene, que produce mucha risa. Te roban. SI, pero joer lo que te ries cuando ya nada de esto te sorprende.

  36. Isabel Sala dice:

    Gracias por las aclaraciones
    si, estoy interesada.

  37. Juan Santos dice:

    x Leo
    Entiendo que, aunque la instalación sea aislada habría que cumplir lo siguiente:

    2. Solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento: en la mayoría de municipios existe una bonficación el 95% del importe del ICIO, por lo tanto ignoro su coste.

    5. Inscribir la instalación en el Registro de Instalaciones de Autoconsumo que todavía no está vigente: 50 €

    Debido a que es una obra y para ellas el Ayto tiene unas tasas, y es una instalación de Autoconsumo, aunque no está conectada a la red.

  38. Isabel Sala dice:

    Muchas gracias Frederic por el artículo, muy esclarecedor.
    Por lo tanto, entiendo que una opción legal y que no necesita «legalización» sería separar en el cuadro eléctrico de casa los circuitos de iluminación y los enchufes donde, por ejemplo, se enchufan las televisiones ordenadores etc y otros pequeños equipos. Es así?

    Los equipos que llevan certificados de inyección 0 (600-800€) llevan ya las baterías?
    Donde se puede comprar todo el sistema?

    Los Solar Log ya que no son de inyección 0, entiendo que necesitan legalización. Es así?

    Gracias

    1. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

      Hola Isabel;

      permíteme una puntualización.

      las instalaciones aisladas si precisan de legalización, deben cumplir el Reglamento Electrotécnico de BT ITC-BT-40, otra cosa es que no esten sujetas al RD1699/2011.

      Estos equipos de inyección 0, no llevan incorporadas baterías.

      Si estás interesada en alguno de estos equipos, nosotros los podemos proveer.

      saludos y gracias por participar

  39. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

    Absolutamente exentas. Ley 24/2013, artículo 9, punto 3.

    Sólo están sujetas a peaje las instalaciones que tienen conexión total o parcial con la red de distribución.

    Saludos!!

    1. Manuel dice:

      Hola Frederic,
      Tengo una duda al respecto, y es que sí alimentó varios circuitos de la vivienda de forma aislada (sólo desde la instalación fotovoltaica). ¿Se considera esto una instalación con conexión parcial?
      Gracias por todos tus artículos y soporte

  40. José Andrés Noguera dice:

    Hola Frederic,

    ¿Y qué ocurre con las instalaciones fotovoltaicas aisladas? ¿Están exentas de ningún tipo de impuesto o regulación? Gracias.

    Un saludo.

  41. Manuel Vazquez dice:

    A tenor de lo indicado y como bien has señalado que no existe un reglamento que desarrolle la ley. Entonces, actualmente existe un vacío legal ya que al no existir desarrollo normativo y no estar previsto la retroactividad del reglamento a su entrada en vigor, visto lo visto lo bueno que son legislando en industria que hacen la ley y dos años después hacen el reglamento, pues …

    Creo que se podrá salvar de cualquier sanción en un contencioso administrativo demostrando que la administración pública intenta sancionar sin tan siquiera haber desarrollado el reglamento en el que objetivamente se deben regular el procedimiento de inscripción, regularización, inspección y sanción correspondiente.

    Vamos que si industria intenta en cualquier momento comenzar de oficio un acto administrativo sin estar el correspondiente reglamento en vigor, rozará la prevaricación ya que la instalación de auto-consumo se encontrará en situación ALEGAL, que no ilegal, y por tanto no podrá ser sancionado. Ya ha ocurrido otras veces.

    Un saludo.

  42. Frederic Andreu Frederic Andreu dice:

    Hola Francisco,

    gracias por tu comentario.

    permíteme aclarar, que cuando hablo de 600-800 €, me estoy refiriendo a los equipos que llevan certificados de inyección 0.

    Existen otros equipos como el Solar Log, o los Optimmersion que vendemos nosotros con un coste más bajo tal y como tu comentas.

    saludos!!

  43. Juan dice:

    Felicidades!!buen artículo!
    Como fabricante y cada vez más gente y empresas se están animando a poner kit de autoconsumo en sus cadas( por cierto un kit de no inyección a red tiene un coste de 300€,marcas el doble).
    Ánimo!

  44. Pere Planas i Costa dice:

    Gracias Fredericnpor tu artículo, siempre esclarecedor.
    Es un hecho que han tratado y tratan de poner puertas al campo, pero estoy convencido que no lo van a conseguir.
    Tengo intención en breve de colocar un panel en mi casa, no tengo miedo a las sanciones pero no me gusta nada esta inquina tan especial de nuestros gobernantes, en echar por tierra como han hecho una industria de la que nuestro país se podía vanagloriar y de la ahora solo quedan migajas.
    ¿Acaso Apple es una empresa inconsciente al poner tantos y tantos metros cuadrados de paneles para sus instalaciones?

  45. María dice:

    Gran artículo Frederic!! Yo desde luego apoyo este tipo de análisis que con la ley en la mano, intentan dar un poco de luz a lo largo de este largo túnel en el que han metido a la fotovoltaica.

    Y digo han metido. Porque la fotovoltaica verá la luz del Sol, le pese a quien le pese.

    A mi personalmente, la principal razón que me frena para hacer este tipo de instalación es el coste asociado que lleva. En la situación actual, no todos podemos gastarnos 450€.

    Aunque si me sobrara seguro que lo tendría! Lo mismo que un sistema de motorización.

    Y esa es una gran pregunta para hacerte. Porque hablando comercialmente, ¿cómo pueden encajar este tipo de productos en familias que sufren cada mes por la factura de la luz?

    Esa es la inviabilidad que yo veo.. que ahora las personas desgraciadamente tienen que poner sus esfuerzos económicos en llegar a fin de mes..

    Y este tipo de inversiones (y no lo llamo gasto) no todo el mundo se lo puede permitir…y es una pena!

  46. leo dice:

    Hola, como siempre Frederic es exhaustivo y preciso en sus apreciaciones, totalmente de acuerdo, esto es una mangancia disfrazada de legalidad…….
    Pero creo Frederic, que se podía hacer un articulo que diga algo así (sugiero)
    ,»¿ puedo tener auto consumo sin estar conectado a la red y no incumplir legislación?»
    La respuesta es SI con mayúsculas:

    Primero voy a poner un ejemplo tonto, ¿me pueden cobrar el impuesto de vehículos de tracción mecánica, o sea el famoso «rodaje», si no tengo coche……..?, como todos sabéis si no tienes vehículo, no pueden cobrarte por que no estas registrado en el ayuntamiento de rigor.
    bien dicho esto……., ¿me pueden pedir todo esto, si NO estoy conectado a la red?:

    1. Encargar una memoria técnica para solicitar el punto de conexión a la compañía eléctrica ( incluso si lo quiero conectar a un enchufe de casa): 300 €

    2. Solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento: en la mayoría de municipios existe una bonficación el 95% del importe del ICIO, por lo tanto ignoro su coste.

    3. Instalar un contador bidireccional para computar la energía exportada: 450 €

    4. Solicitar a la compañía eléctrica la comprobación y verificación del equipo de medida: 500 €.

    5. Inscribir la instalación en el Registro de Instalaciones de Autoconsumo que todavía no está vigente: 50 €

    La respuesta es NO y es muy sencillo, con los equipos que Frederic comenta de autoconsumo (no hablo de independencia total de la red) te sale mas a cuenta , separar en el cuadro eléctrico de tu casa, los circuitos de iluminación y los enchufes por ejemplo , donde se enchufen las televisiones ordenadores etc y otros pequeños equipos, y consumir directamente de tus baterías, que te quedas sin energía….. por que ya es de noche y la has consumido, NO hay problema, tiras de la energía del cable de la eléctrica, con un simple térmico instalado en el cuadro, la solución es clara…… si no le inyectas energía a la red, NO hay legislación aplicable que valga, ya que no tienes coche, jejejeje,
    Se acabaron los chanchulleos de facturas, los contadores bidireccionales tele maticos, que me dan mucha desconfianza, ya que están gestionados por «ellos», y precisamente NO son un portento de claridad, de honestidad y de justicia.
    tu crees que por que les inyectes KW ¿vas a ganar algo?, o ¿ahorrarte algo? de echo ya han cambiado el termino de potencia, precisamente para salvar esos dineros que tendrían que pagarte por inyectar energía, La única manera de ahorrarte algo es NO «comprándolo», ah y esto que digo no imcumple ninguna normativa, verdad que cuando te compras una lavadora no tienes que hacer ningún proyecto técnico ni zarandajas, solo llegas y la enchufas, simplemente no te piden nada, por que al enchufar la lavadora ganan mas, ahora eso de pagarte a ti,eso ya no entra en su lenguaje, y lo del impuesto revolucionario al sol es por si las eléctricas dejan de ganar con la implantación general del autoconsumo un saludo.
    PD: Autoconsumid, (es bueno para el planeta y vuestros bolsillos) pero no inyectéis en la red (os robarán descaradamente)

    1. Gonzalo Sabina. dice:

      PERFEECTO. Si no te conectas a la Red, no hay problemas.

  47. Jacobo dice:

    Muy buen articulo, en la linea de los otros.

    Tan solo queria hacer una aclaración, para solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento, almenos en mi caso ha sido relativamente secillo, fui ha hablar con la arquitecta me pidio unas fotos de la ubicación de la placa solar y después rellenar un formulario y tendre q abonar el 3,5% del coste total de la obra.

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